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  Edad : 56 Inscrito el : 24 Feb 2008 Mensajes : 59 Comunidad Autónoma : ARAGON Correo electrónico : santos@cdl-centro.es
| Tema: 10.- LEY DE PAREJAS DE HECHO Y MÁS JUZGADOS DE FAMILIA Lun Mar 24, 2008 7:52 pm | |
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- Creo que deberia haber en España un ley de parejas de hecho. Tengo entendido que existe en algunas autonomías pero no hay ninguna ley que regule este tema a nivel estatal.
- Por otro lado, en España son insuficientes los Juzgados de Familia; creo que
existen en la actualidad 70 Jugados de Familia que se encuentran distribuidos en 25 provincias, pero hay otras 26 provincias, más Ceuta y Melilla que no tienen ninguno.
Esto me parece que va en contra de la igualdad efectiva de derechos y obligaciones del artículo 14 de la Constitución.
Jesús Olivar, CDL de la Comunidad de Madrid
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Fernando Fuertes
  Edad : 52 Inscrito el : 30 Mar 2008 Mensajes : 1 Comunidad Autónoma : madrid Correo electrónico : fernando.fuertes@icam.es
| Tema: Re: 10.- LEY DE PAREJAS DE HECHO Y MÁS JUZGADOS DE FAMILIA Dom Mar 30, 2008 12:53 pm | |
| En principio debo mostrar mi disconformidad con la existencia de Leyes sobre Parejas de Hecho. La imposición por la administración de unas reglas de convivencia entre entre dos personas y la determinación de los efectos de la misma, cuando los interesados han podido regularlo y han decidido libremente no hacerlo, entiendo que constituye una intromisión ilegítima en su vida privada. La regulación de las parejas de hecho sólo tiene sentido cuando existen personas que queriendo regular su vida en común, no pueden hacerlo por que se lo impide la legislación vigente. |
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Juan Pina
   Edad : 40 Inscrito el : 09 Jun 2008 Mensajes : 19 Comunidad Autónoma : Madrid Correo electrónico : juanpina@gmail.com
| Tema: Re: 10.- LEY DE PAREJAS DE HECHO Y MÁS JUZGADOS DE FAMILIA Lun Jul 14, 2008 12:25 pm | |
| Estoy muy de acuerdo con el comentario de Fernando Fuertes, aunque creo que lo importante es defender el derecho de las "parejas de hecho" a contar con un registro si así lo desean, pero también su derecho a que optar por no registrarse no implique perjuicio alguno.
Creo que el derecho a defender desde un punto de vista liberal es el derecho a no tener que declarar ante el Estado las circunstancias personales, y no el supuesto derecho a registrarse. Reivindicar el derecho a registrarse es como reivindicar el derecho a portar DNI... ¿no habría que reivindicar quizá lo contrario?
Pasa lo mismo con la nacionalidad: nos hartamos de oír en todas partes que es un derecho inalienable tenerla, y hasta lo recoge así la Declaración Universal. Pues muy bien, pero el derecho que a mí me importa es el derecho a cesar en el ejercicio de una determinada nacionalidad si así se desea (no olvidemos que ésta casi siempre es impuesta). Es decir, la apatridia puede ser un derecho a defender.
Respecto a las parejas, ya sean de hecho o de derecho (que diferenciación tan bizantina), lo importante es que las personas tengan los mismos derechos y deberes con independencia de su pertenencia o no a parejas, tríos o comunas... La consideración estrictamente individual de los derechos y obligaciones en la sociedad, y no la obsoleta consideración de los mismos en función de la pareja o la familia. En cualquier caso, si existe registro de parejas y si éste crea derechos o deberes, la ruptura del vínculo registrado en su día deberá ser un acto unilateral sin cortapisa administrativa alguna, de igual manera que el divorcio debe ser instantáneo y unilateral...
El asunto no es crear más tipos de parejas ni más burocracia, sino, tal vez, eliminar los efectos jurídicos del matrimonio y de cualquier otra forma jurídica de unión, sustituyendo esto por un entendimiento pleno del individuo como base de la sociedad, con los efectos jurídicos que deriven de esta evolución. |
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